Anulan régimen de visitas padre a hijo porque la madre es víctima de malos tratos

Murcia, 15 ene (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia ha estimado el recurso presentado por una mujer que se encuentra en un piso de acogida de víctimas de malos tratos ubicado en Barcelona, y ha suspendido el régimen de visitas al hijo común fijado por el Juzgado de Familia en favor del padre.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Antonio Jover, indica que el Juzgado de Familia, al estimar parcialmente la demanda presentada por la mujer, acordó que el niño quedara bajo la guardia y custodia de ella, fijando un régimen de visitas y estancias durante los fines de semana alternos.
Igualmente, disponía que "la entrega y recogida del menor se efectuará en el domicilio del mismo o en el lugar donde convengan los padres", además de fijarse una pensión por alimentos de 150 euros.
La esposa acudió en apelación a la Audiencia Provincial de Murcia, donde alegó que residía en un piso de acogida con el niño, por lo que reclamaba la suspensión de las visitas, ya que, además, su exmarido tenía prohibido acercarse a ella a menos de doscientos metros, por decisión de un Juzgado de Instrucción de Murcia decidida tras los malos tratos sufridos.
Igualmente alegó que aquél fue condenado en 2009 por un Juzgado de lo Penal como autor de un delito de quebrantamiento de medida cautelar.
El tribunal ha estimado su recurso y ha dejado en suspenso el régimen de visitas y estancias del que disfrutaba el exesposo y padre. EFE